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La educación como una garantía de no repetición en tiempos de negociación de la paz

22 de julio de 2016

Por Diana Granados Soler

Presentación

 

La relación entre la educación y la paz, desde la perspectiva de las medidas de no repetición para la terminación del conflicto armado en Colombia, constituye mi interés central en este artículo. Presento un análisis sobre las recomendaciones en el ámbito educativo que fueron consideradas en los informes de las comisiones de la verdad en tres países latinoamericanos, como parte de los procesos de construcción de la paz. El artículo argumenta la importancia de la educación como una medida central para contribuir a la no repetición de las violencias, tanto por sus potencialidades transformadoras en la sociedad, como por la afectación que suelen sufrir los sistemas educativos en los conflictos armados. Señalo que este aspecto no ha sido considerado en la reciente propuesta de política educativa del segundo gobierno de Juan Manuel Santos (2014-2018) en el marco del Plan Nacional de Desarrollo: “Todos por un nuevo país”.

Las negociaciones de paz entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC iniciaron en 2012 bajo la suscripción del “Acuerdo general para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”[1]. Uno de los principios que rige la negociación es que “nada está acordado hasta que todo esté acordado”. Sin embargo, los avances en materia de acuerdos evidencian que este ha sido el proceso de paz con mayores avances en la historia del país. A 2014, la Mesa de Conversaciones ha discutido y elaborado borradores de acuerdo sobre los temas de política de desarrollo agrario integral, participación política y solución al problema de las drogas ilícitas. Actualmente, se debaten los puntos sobre víctimas y fin del conflicto. El tema de la educación aparece como un elemento dentro del subtema de desarrollo social, en el punto de política y desarrollo agrario.

 

En el mes de agosto del 2014 fue creada la subcomisión de género, que busca que los acuerdos de paz tengan una perspectiva de género (Gobierno de la República de Colombia y FARC-EP 2014). La subcomisión entró en funcionamiento a finales del 2014. El 21 de agosto de este mismo año se estableció la Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas (en adelante CHCV), creada de común acuerdo por las partes negociadoras. Está conformada por once académicos, una académica y dos relatores, seleccionados de acuerdo con las propuestas hechas por las partes (Gobierno Nacional y FARC-EP 2014). De acuerdo con su mandato, la CHCV presentó doce informes y dos relatorías sobre los orígenes del conflicto armado, sus causas, consecuencias y los factores que hicieron posible su duración. El informe completo, con más de 800 páginas, abre un debate importante sobre lo que pasó y cómo superarlo. Entre otros aspectos, los informes abordan el problema de la excesiva concentración de la tierra como centro del conflicto, pero además otra serie de factores que le otorgan un alto nivel de complejidad. Las diferentes oleadas de violencia, las afectaciones regionales, las responsabilidades de actores armados legales e ilegales y la imposibilidad de un triunfo militar por parte de uno de los actores son algunos de los elementos clave de los informes (Reconciliación Colombia 2015).

 

Algunos analistas aducen que los informes presentados por la CHCV son una contribución para una posterior comisión de la verdad (Centro Nacional de Memoria Histórica 2015). De hecho, la introducción de los informes señala que, por lo menos, han funcionado en Colombia desde 1958 hasta la fecha una serie de comisiones de investigación sobre la violencia, algunas de ellas de carácter extrajudicial por mandato gubernamental, pero sin un carácter de comisión de la verdad. Aunque la CHCV tampoco lo es en estricto sentido, es la primera que surge como parte un acuerdo de las partes en medio de una negociación de paz (Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas 2015).

 

Al respecto, Beristain (2013) explica que Colombia, a diferencia de otros países que han afrontado procesos de paz, ha emprendido algunas medidas que podrían entenderse como de transición, aun sin haber terminado el conflicto y sin un escenario de cambios políticos sustanciales. Por ejemplo, la Ley 1448 del 2011 de víctimas y restitución de tierras contempla medidas como el registro único de víctimas y mecanismos de reparación, que en otros procesos de negociación de paz han sido definidos posterior a los acuerdos. Otros mecanismos, como los asociados a la Ley de Justicia y Paz (Congreso de la República de Colombia 2005), han permitido abrir un escenario público para el debate sobre las víctimas del conflicto y sus derechos, sin olvidar que derivaron en una verdad parcial y más penal que histórica, centrada en la voz de los victimarios (Delgado 2014).

 

La comisión de la verdad, que se entiende como un mecanismo de justicia transicional, fue incluida en el texto del Marco Jurídico para la Paz[2] aprobado en 2012. Este mecanismo aún no entra en rigor de manera oficial, en gran medida porque la negociación no está lo suficientemente avanzada y por la ausencia de un escenario de distensión política adecuado (Beristain 2013). De igual forma, la actuación de los grupos armados sin un cese al fuego bilateral puede poner en riesgo y obstaculizar el mandato de una comisión de la verdad que debería denotarse como un mecanismo claro de transición hacia la paz (International Crisis Group 2013). No obstante, en el país existe hoy un contexto que aboga y exige la construcción de procesos de verdad y memoria sobre el conflicto armado, entonces, más que la verdad como una búsqueda imposible se habla sobre la necesidad de decirla o reclamarla (Sánchez 2007).

 

Diversos movimientos sociales reiteraron la importancia de la inclusión de la Comisión de la Verdad dentro del Marco Jurídico para la Paz, y llamaron la atención sobre diferentes medidas que se deben tomar para que, una vez instalada, la comisión pueda contribuir con la restauración de los derechos de las víctimas y el logro de procesos eficaces y sólidos de reconciliación (Mujeres por la Paz 2014). Varias de estas demandas contribuyeron con el acuerdo logrado por el gobierno colombiano y las FARC-EP en el marco de la negociación del punto referido a víctimas, según el cual se adopta la creación y se definen los criterios orientadores, el mandato, el período, el objeto de estudio, las funciones, el mecanismo de escogencia de comisionados y comisionadas y la duración de la “Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición”. Esta comisión deberá entrar en vigor posterior a la firma de los acuerdos de paz. Las partes se comprometen a la búsqueda de otros mecanismos que puedan garantizar los derechos a las víctimas y contribuir con la no repetición del conflicto (Gobierno de la República de Colombia y FARC-EP 2015).

 

La Comisión puede ser un instrumento relevante no solo para el reconocimiento de los derechos de las víctimas, el esclarecimiento de la historia y los móviles del conflicto armado colombiano, sino para proyectar algunas medidas que conduzcan a la no repetición de este, dentro de ellas, las reformas al sistema educativo.

Aunque existen varias experiencias y programas de educación para la para, que se han desarrollado en diferentes momentos y territorios del país, mi enfoque se centra en la consideración de la educación como una medida de contribución a la no repetición del conflicto. Planteo que esta debe ser incorporada de manera relevante en las adecuaciones institucionales que supone actualmente la negociación de paz entre el gobierno colombiano, la guerrilla de las FARC y, eventualmente el ELN, y el proceso de posconflicto tras la firma de acuerdos de paz.

 

La discusión sobre la educación como un mecanismo potencial en las garantías de no repetición del conflicto armado cobra especial importancia justo cuando el gobierno de Juan Manuel Santos, artífice de los diálogos de paz, ha presentado su nuevo Plan Nacional de Desarrollo (en adelante PND): “Todos por un nuevo país”. En este la educación es catalogada como uno de los pilares centrales de la política gubernamental y se le asigna un presupuesto, por primera vez en muchos años, por encima de lo dispuesto para el área de seguridad y defensa (Departamento Nacional de Planeación 2015; Rincón 2015).

 

Con el propósito de analizar las relaciones entre comisiones de la verdad, políticas educativas, paz y garantías de no repetición, el presente artículo está estructurado en cuatro partes. En la primera expongo elementos sobre la relación entre la educación, los conflictos armados y su potencial en la construcción de la paz. En la segunda presento algunas consideraciones y características sobre el derecho a la educación en Colombia en los gobiernos de Álvaro Uribe Vélez, entre 2002 y 2010, y Juan Manuel Santos, desde 2010 hasta el presente. Además, presento algunos elementos de análisis sobre la política educativa contendida en el PND 2014-2018, y sus vacíos en relación con una posible terminación del conflicto armado y el inicio de la transición hacia la paz. En la tercera expongo las principales recomendaciones en materia de educación, contenidas en los informes de la Comisión de la Verdad de Ecuador, la Comisión de Verdad y Reconciliación de Perú y la Comisión para el Esclarecimiento Histórico de Guatemala. Los conflictos vividos en estos tres países, guardadas las proporciones, tienen semejanzas con las dinámicas y desarrollos del conflicto armado en Colombia. Finalmente, propongo algunos desafíos para la relación entre la educación y la paz como una medida de no repetición del conflicto armado y que puede contribuir a la consolidación de una paz duradera.

 

 

[1]El proceso de paz ha sido estructurado en tres fases: exploración, fin del conflicto y construcción de paz. El Acuerdo general consta de seis temas para la agenda de negociación entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC: política de desarrollo agrario integral, participación política, fin del conflicto, solución al problema de las drogas ilícitas, víctimas y mecanismos de implementación, verificación y refrendación (Gobierno de la República de Colombia y FARC-EP 2012).

 

[2]El texto del Marco Legislativo para la Paz en Colombia señala en su artículo 1 que uno de los cambios que deberá incorporar el nuevo artículo 66 de la Constitución Política es la creación de la Comisión de la Verdad: “Una Ley deberá crear una Comisión de la Verdad y definir su objeto, composición, atribuciones y funciones. El mandato de la comisión podrá incluir la formulación de recomendaciones para la aplicación de los instrumentos de justicia transicional, incluyendo la aplicación de los criterios de selección” (Congreso de la República de Colombia 2012).

 

 

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